sábado, 27 de septiembre de 2008

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Este documento fue construido por el Equipo Directivo de la Escuela Normal Superior de Bucaramanga y publicado el día 17 de septiembre de 2008
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MODELO DE EVALUACION ASUMIDO

La evaluación se concibe como un proceso articulado fundamentalmente a la formación de los estudiantes sin dejar de lado los demás procesos e instancias de la comunidad educativa. En este sentido, su acción se orienta a la reflexión permanente, a la construcción de sentido y a la toma de decisiones sobre aspectos tales como: el aprendizaje de los estudiantes, el trabajo pedagógico de los maestros, la puesta en escena de la propuesta curricular, los procesos de investigación y proyección social construidos, así como la participación de los padres de familia y de los integrantes de las diversas instancias administrativas.

En la construcción del proceso evaluativo es importante reconocer por un lado, los sentidos que tiene en la vida cotidiana para los sujetos involucrados en el proceso educativo, y por el otro, el estudio de los significados y funciones de dichas prácticas para mejorar y estructurar propuestas coherentes con los objetivos institucionales. La evaluación no puede ser entendida en abstracto, es decir, a partir de sí misma, sino a partir de la integración en un modelo pedagógico construido como horizonte de la acción educativa.

La evaluación como construcción de sentido.

El sentido de la realidad evaluativa se va formando en la interacción con los hechos que son observados, que se analizan y son valorados por los actores (evaluador y evaluado).Toda evaluación de hecho está atravesada por la percepción subjetiva de quienes participan en ella.

La evaluación como toma de decisiones.

Aquí la evaluación aporta información de índole estratégico tanto para el docente como para el estudiante, quienes de acuerdo con los resultados obtenidos deben tomar en consideración las acciones más adecuadas para regular continuamente el proceso y alcanzar los propósitos establecidos. La evaluación continua y completa promueve el mejoramiento de los mismos y en consecuencia fortalece una mirada integral de los estudiantes.

Desde esa perspectiva se puede pensar en dimensionar el proceso evaluativo de cara a las intencionalidades del P.E.I. es decir, tener en cuenta la dimensiones del SER, SABER Y HACER e integrado a ellas se desarrolle la capacidad crítica, la responsabilidad, la autonomía; se logre el equilibrio afectivo y social; se consolide una verdadera identidad personal y profesional y se alcance una formación en valores que el ciudadano de hoy necesita.

BASE LEGAL.

De acuerdo con la Ley 115 de 1994 y el decreto 230 de febrero 11 de 2002, la Escuela Normal de Bucaramanga, está en el proceso de construcción e implementación de la evaluación cualitativa, ajustándose al modelo pedagógico
institucional, a los lineamientos del MEN y a las exigencias de la nueva educación. En atención al convenio (s) interinstitucional (es) para el desarrollo del Ciclo Complementario, la evaluación en este nivel será cualitativa con una homologación cuantitativa en la Universidad que permita avalar y/o certificar los saberes del Ciclo como parte de los programas de pregrado conducentes al título de Licenciado en Educación.

ASPECTOS POR EVALUAR

Qué Evaluar?

Una mirada integral de la evaluación desde los procesos de desarrollo del estudiante, plantea la necesidad de tener en cuenta las dimensiones que aparecen a continuación:

Dimensión comportamental: comprende las actuaciones frente a sí mismo, su entorno natural y social. Los comportamientos en los estudiantes se evalúan en forma permanente, con el fin de fortalecer los positivos e intervenir sobre los que afectan la convivencia.

Los comportamientos se expresan a través de las actitudes, los valores y las expresiones. Las actitudes se consideran como éticas y profesionales o científicas. Las éticas son más subjetivas y tienen un alto contenido cultural, tales como la actitud cívica, la iniciativa personal, la organización, la constancia, la originalidad,
la seguridad, la participación, etc. Las actitudes científicas son objetivas y están referidas a la actividad profesional como el rigor de las expresiones verbales y escritas, la limpieza en el trabajo, el cuidado del material, la precisión en el cálculo, la exactitud en la medida, la curiosidad científica, etc. Los valores son principios fundamentales y universidades que orientan el comportamiento hacia la realización personal y la transformación social. En la Escuela Normal, los valores se aprenden a través de las vivencias diarias, las acciones diseñadas intencionalmente desde los proyectos institucionales. Las expresiones son manifestaciones del comportamiento que se hacen visibles a través del movimiento y la diversidad de lenguajes.

Dimensión Conceptual: La evaluación debe señalar los aciertos y debilidades del estudiante en el uso preciso de nociones, conceptos, categorías y relaciones dentro del marco referencial que va construyendo, en la articulación adecuada de los mismos, en las transferencias que realice con los conocimientos aprehendidos y en el proceso de análisis que lo lleven a proponer sus puntos de vista.


Dimensión Procedimental: Hace referencia a los modos de actuación que se requieren para llevar a cabo con eficiencia y eficacia las actividades establecidas para aprender una destreza manual, mecánica o intelectual, que permitan al estudiante aumentar su capacidad de actuación y promoción intelectual. El procedimiento responde a la pregunta qué enseñar?, y está constituida por habilidades, técnicas y estrategias.

Las habilidades son las capacidades manuales o intelectuales que el profesor debe buscar en sus estudiantes, a través de diferentes medios, para que esas potencialidades se desarrollen al máximo. Se pueden detectar mediante la observación de los logros y la elaboración de pruebas adaptadas para ese fin. Se deben proponer una serie de actividades para perfeccionarlas y provocar la adquisición de otras nuevas. Las habilidades son la base de los procedimientos.

Las técnicas son el conjunto de acciones ordenadas que se dirigen hacia el logro de unos propósitos. Las técnicas se aprenden en función de las habilidades cuando se interiorizan conceptualmente, se verbalizan y se aplican a otra situación. Las estrategias son las capacidades intelectuales que tiene el o la estudiante para dirigir
y ordenar sus conocimientos, con el propósito de llegar a metas predeterminadas. El aprendizaje de las estrategias implica la adquisición de esquemas mentales y unas capacidades difíciles de adquirir, por lo cual cada estudiante tendrá un ritmo de aprendizaje diferente en función a los esquemas mentales que pueda desarrollar.
Los procedimientos se clasifican en función de su aplicación y su incidencia en las diversas áreas o disciplinas en dos tipos: generales y específicos.

Los procedimientos generales son los que pertenecen al dominio de diferentes materias y son fundamentales no solo para la adquisición de contenidos conceptuales, sino también para la actividad cotidiana del estudiante fuera del contexto escolar. Algunos de los procedimientos generales que el estudiante debe conocer y manejar adecuadamente son:

. Hacer clasificaciones, descripciones y generalizaciones.
. Elaborar e interpretar gráficas y esquemas.
. Distinguir lo fundamental de lo accesorio.
. Formular hipótesis.
. Hacer previsiones.
. Analizar datos, problemas, situaciones.
. Buscar información.
. Realizar trabajos bibliográficos.
. Sacar conclusiones
. Verbalizar procedimientos.
. Aplicar técnicas instrumentales.

Los procedimientos específicos son, como su nombre lo indica, característicos y particulares de cada disciplina que conforma las áreas del plan de estudios y han de estar plenamente identificados en los planes de área.

Las DIMENSIONES se articulan en COMPETENCIAS, las que se operacionalizan en LOGROS INTEGRALES que responden a los estándares y a los propósitos de formación del PEI. Las COMPETENCIAS se flexibilizan en la población con discapacidad o excepcionales.

El número de LOGROS INTEGRALES anual POR AREAS corresponde a la intensidad
horaria semanal de las asignaturas que componen cada área.

En la educación media y el Ciclo Complementario, el área de Pedagogía se constituye en el área optativa que define el énfasis de formación. Todas las asignaturas de esta área son teórico-prácticas, criterio este que justifica la promoción o no de un estudiante.

Por fundamentarse esta área del conocimiento en la Pedagogía como disciplina del saber-hacer, la pérdida de cualquiera de sus asignaturas implica recuperación durante todo el año lectivo siguiente.

ESPACIOS PARA LA EVALUACION

AUTOEVALUACION: Educar al estudiante en el desarrollo de una actitud reflexiva sobre su compromiso, es una excelente oportunidad para crecer en el conocimiento de si mismo. Contribuye a ello la apertura de un espacio como la autoevaluación puesto que se reconocen las fortalezas y dificultades, los aciertos y fracasos en el proceso de aprendizaje y de desarrollo personal. Este proceso debe hacer parte de la construcción de su
proyecto de vida para posteriormente estar en capacidad de orientar la formación de los otros.

COEVALUACION: La apreciación y el concepto que los logros sobresalientes con el fin de consolidar sus avances. La opinión que otros tengan acerca de nuestro trabajo y estudio contribuye al fortalecimiento de nuestra identidad y a la adquisición de un serio compromiso con nuestro proyecto de vida. Debe tomarse conciencia del nivel de madurez de los estudiantes para introducir esta forma de evaluación en las actividades cotidianas de la institución.

HETEROEVALUACION: Es el espacio más utilizado y generalizado en la dinámica de la vida de la institución y garantiza la valoración de los procesos educativos y formativos que son vividos por el estudiante y percibidos por los educadores. En toda evaluación se hace necesaria la mirada sobre los logros y resultados de los estudiantes para oportunamente diseñar y realizar estrategias de mejoramiento orientadas a la superación de las dificultades que sean detectadas.

INSTRUMENTOS PARA DAR A CONOCER LOS PROCESOS DE EVALUACION.

1. REJILLAS DE EVALUACIÓN

Son la base para las autoevaluaciones y coevaluaciones. Cada docente y sus estudiantes establecen los
indicadores para el seguimiento en una ficha llamada ¨rejilla de evaluación ¨. Las rejillas se constituyen en
evidencias de los portafolios de los estudiantes.

2. PORTAFOLIO DE PROCESOS Y PRODUCTOS

Recolecta las evidencias previamente acordadas, del desarrollo del proceso de aprendizaje. Incluye, entre otras: consultas, resúmenes, mapas, reflexiones, artículos, talleres, registros de observaciones y otros productos.

3. INFORMES DESCRIPTIVOS

Cada docente elabora un Informe descriptivo donde señala los LOGROS INTEGRALES alcanzados por el estudiante en sus dimensiones (nivel de preescolar), áreas (nivel de básica primaria, secundaria y media) y asignaturas (nivel de ciclo complementario).

La Escuela Normal, en fechas establecidas en el cronograma anual que se socializa en la primera reunión de padres de familia al inicio del año, entrega cuatro (4) informes parciales correspondientes a los cuatro (4) períodos del año escolar y un informe final.
Los informes parciales dan a conocer a través de indicadores de logro, los avances de los educandos en el proceso formativo, especificando las fortalezas y dificultades, acompañando estas con recomendaciones y estrategias de mejoramiento. EL informe final da a conocer el nivel alcanzado por el estudiante en cada logro integral.

En el Ciclo Complementario se entregan dos informes finales al cierre de cada semestre.

Todos los informes finales de los años cursados en la Institución forman parte del Registro Escolar de cada estudiante y reposan en el archivo de la Secretaría.

ESCALA DE JUICIO VALORATIVO

Cada INFORME PARCIAL o FINAL, muestra el juicio valorativo por área, a través de la siguiente
Escala:

E: EXCELENTE: Para el estudiante que alcanza los indicadores y logros propuestos sin actividades
de superación o recuperación y excede las expectativas esperadas.

S: SOBRESALIENTE: Para el estudiante que alcanza los indicadores y logros propuestos sin
actividades de superación o recuperación.

A: ACEPTABLE: Para el estudiante que alcanza los indicadores y logros propuestos presentando
actividades de superación o recuperación o con el nivel mínimo de desarrollo.

I: INSUFICIENTE: Para el estudiante que no alcanza los indicadores y logros propuestos.

UTILIZACION DE RESULTADOS

Por ser la evaluación un proceso continuo, permanente e integral, cada docente programa las actividades de superación correspondientes a los indicadores del Logro Integral, para garantizar el aprendizaje de los estudiantes.

El informe parcial, registra los resultados de las actividades de superación si las hubo.

AL FINALIZAR EL AÑO, el estudiante que obtenga INSUFICIENTE en cualquier área (nivel de básica primaria, secundaria y media), tiene la oportunidad de presentar por una sola y única vez la actividad de recuperación en la PRIMERA SEMANA académica del siguiente año lectivo. El resultado de la actividad de recuperación ha de ser reportado, por el docente responsable, en la segunda semana del año lectivo, dejando
constancia en el respectivo LIBRO DE ACTAS de la Secretaría de la Escuela Normal, para continuar con la expedición de un nuevo boletín final.

La actividad de recuperación la entrega el docente a quien lo solicite el día de la entrega de informe final. Esta ha de construirse acorde a los logros del área por recuperar y a las necesidades particulares del estudiante sin que exceda sus capacidades ni tenga repercusiones económicas, laborales o psicológicas.

El estudiante que no reclame la actividad de recuperación ni se presente a recuperar el día anteriormente señalado pierde la oportunidad de superar el juicio valorativo y el boletín final queda en firme.
El estudiante que se presente a recuperar en la primera semana de enero sin la actividad de recuperación tiene derecho a ser atendido por el docente y ser valorado bajo los criterios establecidos para la recuperación del área.

Los informes periódicos no son acumulativos al momento de definir el juicio valorativo del área para el informe final, son sólo una evidencia del proceso vivido por el estudiante.

Ninguna planilla de área para el informe parcial o final puede superar el 25% de estudiantes valorados con INSUFICIENTE. Esto se constituye en una evidencia de no aplicación del modelo pedagógico por parte del maestro (a), ni de adecuación de métodos y estrategias didácticas a las necesidades de aprendizaje de los estudiantes.


CRITERIOS PARA EVALUAR LOS PROCESOS Y DEFINIR LA PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES.

Para definir la población estudiantil no promovida por el 5% se sigue en la Escuela Normal el siguiente orden:

1. Se determina el total de la población escolar sin considerar los estudiantes del nivel de preescolar y el ciclo complementario.

2. Se reúnen los informes de las Comisiones de evaluación y promoción y el equipo directivo-docente aplica los siguientes criterios:

2.1. Escribe una lista con los estudiantes que perdieron el año por no asistir al 25% de la actividad académica sin causa justificada.

2.2. Aumenta la lista con los estudiantes que han perdido durante dos años consecutivos las áreas de lenguaje y matemáticas.

2.3. Sigue la lista con los estudiantes que mayor número de áreas perdieron en el informe final hasta completar el cupo del 5%.

2.4. Si al determinar el último cupo del 5% se presentan varios estudiantes en la misma condición, para escoger quién pierde el año se aplican los siguientes criterios:

(2.4.1) Haber sido promovido en año anterior con áreas perdidas, por haberse superado el límite del 5%
(2.4.2) Tener escala valorativa insuficiente en mayor número de asignaturas.
(2.4.3) Haber observado faltas de comportamiento en el transcurso del año lectivo.

El estudiante que pierde el año escolar debe permanecer repitiendo todo el año siguiente sin la posibilidad de la promoción anticipada porque, en la Escuela Normal, y en atención a concebir la enseñanza y el aprendizaje como procesos que avanzan en complejidad, el primer semestre del año inicia con lo más simple, menos complejo y se continúa en el segundo semestre aumentando en profundidad.

PROMOCION ANTICIPADA

En la Escuela Normal para la promoción anticipada se sigue este proceso:

1. Solicitud escrita del padre, madre o representante legal del estudiante, dirigida al Director de grupo.

2. En reunión de docentes que trabajan con el estudiante y de la psicóloga de la Institución, mediante acta, todos analizan el caso y se pronuncian haciendo la recomendación a la Comisión de Evaluación y Promoción.

3. El director de grupo, con el acta se reúne con la Comisión de Evaluación y Promoción y levantan nueva acta recomendando al rector la promoción anticipada.

4. El rector elabora la Resolución previo diálogo con los padres del estudiante para conocer su punto de vista sobre la decisión de promover al estudiante.

5. Los docentes elaboran el boletín final (en cualquier época del año escolar).

6. Cada vez que se expida un certificado del estudiante se especifica que fue promovido de manera anticipada.

COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

1. CONSTITUCION Y NATURALEZA

Las comisiones de evaluación y Promoción son la instancia que define la Promoción de los Educandos y hace recomendaciones en relación con las actividades de refuerzo y superación que deberán cumplir los estudiantes que presenten dificultades en la obtención de logros mínimos o competencias definidas para cada área en el plan de estudios. Define además los casos de promoción anticipada.

Las comisiones deberán interpretar las Normas de Evaluación y Promoción contenidas en el decreto 230 de 2002, siempre a favor de la calidad, continuidad y universalidad del servicio público de la educación, así como el desarrollo del proceso de formación de los educandos, tal como dispone el art. 1 Ibidem.

NOTA: El Consejo Académico, de acuerdo a la necesidad especial de casos de revisión en el proceso de Evaluación del estudiante y acorde con la disciplina, nombra una comisión de Evaluación Adoh para estudiar ese caso particular.

2. INTEGRANTES Y FORMA DE ELECCION

Las comisiones de Evaluación y Promoción estarán integradas por:

A. El Rector o su Delegado

B. Hasta tres docentes elegidos por el Consejo Académico.

NOTA:
Requisitos para la selección de Docentes:

- No puede ser miembro de la Comisión de evaluación y Promoción, los docentes elegidos al Consejo Directivo, ni al Consejo Académico.

- El Rector. Él mismo no podrá tomar parte en las decisiones del Consejo Directivo sobre temas tratados por la comisión de Evaluación por Él presidida (código de procedimiento civil art. 150-2).

- No puede ser elegido miembro de la Comisión aquel docente que no esté presente en el momento de la elección.

- No debe elegirse a la Comisión, el docente que haya pertenecido a la comisión el año inmediatamente anterior, siempre que el número de docentes lo permita.

- Se exceptúa de pertenecer a la Comisión de Evaluación el Docente que en su asignación académica atienda diferentes áreas, grados, niveles y sedes, siempre que el número de docentes lo permita.

- No pertenecerá a la Comisión de Evaluación el Docente que durante el año inmediatamente anterior haya pertenecido al Consejo Académico, siempre que el número de docentes lo permita.

C. Un representante de los padres de familia, elegido por el Consejo de Padres conforme al literal 1 del art. 7 del Decreto 1286.

NOTA: Teniendo en cuenta la población escolar numerosa de la Escuela Normal, en Asamblea de aula se determinará el padre o madre de la Comisión y luego entre los propuestos se elegirá uno que represente cada grado. El visto bueno a los padres y madres seleccionados lo dará el Consejo de Padres para que cumpla con la función definida en el decreto 1286 de 2005.

3. FUNCIONES

A - Reunirse ordinariamente al finalizar cada periodo y a la culminación del año escolar, para analizar los casos de los educandos con evaluación insuficiente o deficiente en cualquiera de las áreas y extraordinariamente cuando sean citados por el Rector o su delegado.

B - Hacer recomendaciones generales o particulares a profesores y a otras instancias del establecimiento en términos de actividades de refuerzo y superación.

C - Una vez analizadas las condiciones de los educandos con evaluación insuficiente o deficiente, convocar a los padres de familia o a los acudientes, al educando y al docente respectivo a fin de presentarles un informe de la situación del estudiante conjuntamente con el plan de refuerzo propuesto, en pro de llegar a compromisos pedagógicos entre las partes involucradas (educandos y educadores) para que el estudiante supere las insuficiencias o deficiencias académicas.

D - Verificar la asignación por parte del profesor del área (s) del programa (s) de refuerzo que debe ser asignado a los educandos que hayan obtenido insuficiente o deficiente en la evaluación final de una o más áreas.

E - Verificar la realización de la respectiva evaluación en la semana anterior al comienzo del siguiente año escolar.

F - Hacer seguimiento al educando no promovido al grado siguiente a fin de favorecer su promoción durante el grado, en la medida en que éste demuestre la superación de las insuficiencias académicas que no aconsejaron su promoción.

G - Efectuar el debido seguimiento a los compromisos a fin de verificar el cumplimiento de los mismos tanto por educadores como educandos.

H - Analizar los casos de educandos que obtengan desempeños excepcionalmente altos a fin de
recomendar actividades especiales de motivación y de ser viable, la promoción anticipada. El D. R. 1860/94 en el parágrafo del artículo 38, señala que la promoción anticipada puede presentarse en un grado o área.

I - Consignar en actas todas y cada una de las decisiones, observaciones y recomendaciones, las mismas deben foliarse y legajarse a fin de conservar las respectivas evidencias que servirán para posteriores decisiones de la Comisión acerca de la promoción de educandos.

J - Al finalizar el año lectivo, determinar la promoción de cada grado señalado, previo estudio de cada caso en particular, cuáles estudiantes deben repetir el grado acorde con los parámetros de repitencia y promoción señalados por el artículo 9º del Decreto 230 de 2002.

K - Estudiar las inasistencias de los estudiantes cuando estas superen el 25% de las actividades académicas del año escolar y definir cuáles son o no justificadas.

I - Verificar que en el registro escolar de cada estudiante (artículo 71 bídem), queden consignadas las evaluaciones finales, además de las que se realicen en la semana anterior, al comienzo del siguiente año escolar y las que se efectúen a los educandos no promovidos al grado siguiente durante el año escolar.

DERECHOS Y DEBERES DE LOS INTEGRANTES DE LAS C. DE EVALUACION Y PROMOCION

A. DERECHOS:
- A ser citados oportunamente a las reuniones ordinarias y extraordinarias de la Comisión de evaluación y promoción.

- Los citatorios a las reuniones ordinarias se pasarán con una antelación no inferior a 72 horas, a las extraordinarias se deberá citar 24 horas antes.

- Conocer en forma detallada y oportuna toda la información académica necesaria para cumplir a cabalidad con las funciones encomendadas.

- A que sus recomendaciones sean estudiadas y una vez aprobadas por la Comisión a que se acaten y respeten por las personas comprometidas en las mismas y por la Institución.

- A
que sus decisiones, observaciones y recomendaciones sean debidamente consignadas en actas, foliadas y legajadas.

- A recibir un trato digno

- A recibir estímulos por su arduo, difícil y trascendental trabajo en la vida Institucional.

- Poseer la sistematización de las planillas de evaluación, cuadro de rendimientos para efectos de realizar la comisión.

- Analizar planes de superación y exigir al docente que las estrategias aplicadas tienen que anexarse por escrito y con criterios de exigencia.

B. DEBERES:

- Asistir oportuna y puntualmente a las reuniones de la Comisión de Evaluación y Promoción cuando sea citado en debida forma.

- Estudiar detenidamente los registros escolares de los alumnos cuyo caso será motivo de análisis por su rendimiento deficiente, insuficiente o excepcionalmente alto, a fin de recomendarles el plan de refuerzo o las actividades especiales de motivación, según el caso.

- Definir la promoción anticipada de los estudiantes con rendimiento excepcionalmente alto en grado.

- Interpretar las normas reglamentarias contenidas en el Decreto 230/02 a favor de la calidad, continuidad y universalidad del servicio público de la educación (Art. 1º) así como el desarrollo del proceso de formación de los educandos.

- Verificar el cumplimiento del debido proceso académico el cual consta de: para los estudiantes insuficientes o deficientes en el periodo informe de la situación particular del estudiante acompañado del respectivo plan de refuerzo.

- Celebración oportuna de los compromisos pedagógicos con las partes involucradas.

- Para los estudiantes insuficientes o deficientes en la evaluación final verificar la asignación de un programa de refuerzo acorde con las dificultades que presentó el educando y que el profesor del área le entregará al finalizar el año escolar.

- Constatar la realización de la evaluación en la semana anterior al comienzo del siguiente año escolar por parte del docente del área.

- Para estudiantes con desempeño excepcionalmente alto recomendar actividades especiales de motivación.
- Definir la promoción anticipada de una o varias áreas en el grado.

- La promoción anticipada de un estudiante se debe estudiar por grados.

- Para los estudiantes no promovidos: Diseño y realización de programas específicos de refuerzo.

- Promoción al año siguiente cuando dentro del 25% de las actividades académicas propuestas para el año escolar demuestren la superación de las deficiencias académicas que no aconsejaron su promoción.

- En relación al quinto reglamento por la Ley como tope máximo para reprobar el grado, el Consejo Académico determina el procedimiento siguiendo las recomendaciones del debido proceso realizado por la Comisión de Evaluación y promoción.

5.IMPEDIMENTOS Y SANCIONES

A. IMPEDIMENTOS:

Los impedimentos que afectan a los miembros de las Comisiones de evaluación y comisión de cada grado son del orden Constitucional y/o legal.

El Código de Procedimiento Civil en el artículo 150 numeral 2 señala como causal de recusación “haber conocido del proceso en instancia anterior, el juez, su conyugue o alguno de sus parientes indicados en el numeral precedente”.

La Ley 734 de 2002 en el artículo 36 incorpora las inhabilidades, impedimentos, incompatibilidades y conflicto de interés. Por lo tanto las enunciadas en el artículo 150 del Código de Procedimiento Civil, le son aplicables a los demás servidores públicos incluidos los docentes.

La Ley 734 de 2002 en el artículo 48 numeral 17, señala como falta gravísima “actuar y omitir, a pesar de la existencia de causales de incompatibilidad, inhabilidad y conflicto de intereses, de acuerdo con las previsiones Constitucionales y legales”.

Por lo tanto los docentes miembros de las Comisiones de Evaluación y Promoción están impedidos, para decidir en segunda instancia, las impugnaciones que se hagan sobre estos aspectos.

B. SANCIONES:

Los particulares, los docentes y demás servidores públicos que hagan parte de las Comisiones de Evaluación y Promoción serán sancionados de acuerdo a las normas del Código Disciplinario Único. (Ley 734 de 2002)

6. REUNIONES

Las reuniones que celebren las Comisiones de Evaluación y Promoción serán ordinarias y extraordinarias.

A. ORDINARIAS

- Al final del periodo, para estudiar los casos de los estudiantes con rendimiento deficiente, insuficiente o excepcional.

- Con los padres de familia o acudientes, educadores y educandos, así como con otras instancias del establecimiento a fin de presentarles el informe de la situación problemática junto con el plan de refuerzo y acordar los compromisos por parte de los involucrados.

- Para evaluar el cumplimiento de los compromisos.

- Al finalizar el año escolar para definir los educandos remitentes en cada grado.

- A fin de colaborar con el Consejo Académico en el diseño de programas específicos para estudiantes no promovidos que incluya un número determinado de fechas en que el educando remitente pueda demostrar la superación de las deficiencias académicas que no aconsejaron su promoción. Dichas fechas deben ser diseminadas dentro del 25% de actividades académicas programadas para el año escolar a fin de permitir la promoción del estudiante al siguiente grado sin que se presente el problema de inasistencia.

Las evaluaciones dentro de este programa específico serán realizadas por los profesores de la respectiva área.

B. EXTRAORDINARIAS:

Cuando el rector o su delegado así lo determine.

7. QUÓRUM


Las comisiones de Evaluación y Promoción deberán contar con un número impar de integrantes, a fin de facilitar la toma de decisiones. Para decidir se deberá contar con la asistencia de la mayoría de los integrantes de la respectiva Comisión.

8. VOTACIONES

Las decisiones serán tomadas con la aprobación o voto afirmativo de la mitad más uno de los asistentes a la reunión de comité de Evaluación y Promoción.

9. RECURSOS

Contra las decisiones proferidas por la Comisión de Evaluación y Promoción proceden los recursos de reposición y apelación, los cuales deberán ser interpuestos dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación de la decisión tomada por la comisión. (D. 01/84, art. 51).

RECURSOS DE REPOSICION
Procede ante la misma comisión de Evaluación y Promoción para que aclare, modifique o revoque
la decisión.
RECURSOS DE APELACION
Ante el inmediato superior administrativo, en este caso el Consejo Directivo, con el mismo
propósito. (D. 01/84, C.C. a, art. 50)
Los reclamos que versen sobre evaluación presentados por los estudiante, serán decididos por el
Consejo Académico. (D. 1860/94, art. 24-f)
NOTA: Se exige a toda la comunidad agotar los conductos regulares establecidos en la
Institución.
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0. INVITADOS
La comisión de Evaluación y Promoción podrá convocar a los padres de familia o acudiente, al
educando y al educador respectivo y a otras instancias del establecimiento educativo a fin de
hacer recomendaciones en términos de actividades de refuerzo y superación. (D.230/02, art. 8º,
inciso 2º)